OFFICE OF THE PUBLIC DEFENDER 12th JUDICIAL CIRCUIT of FLORIDA LARRY L. EGER, Public Defender Serving, DeSoto, Manatee, & Sarasota Counties

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En casos criminales, el demandante es el estado de Florida y el acusado es la persona acusada de cometer un delito. El Defensor Público representa a personas que pueden perder su libertad y no pueden permitirse contratar a un abogado privado. Solo un juez puede nombrar al defensor público para que represente a la persona en el tribunal después de determinar que la persona es indigente.

Como cliente de cualquiera de nuestros abogados aquí en la Oficina del Defensor Público, queremos que se sienta cómodo y confiado para escuchar sus consejos incluso cuando, y tal vez especialmente cuando, difieran de la información obtenida de fuentes distintas a su abogado. Esta es una relación importante que requiere la cooperación de los clientes y de su abogado. Los clientes deben trabajar junto con su abogado para construir esta relación y ayudar a defender su caso. Es importante que el cliente mantenga contacto y facilite la comunicación y cumpla con todas las citas programadas para compartir información valiosa sobre sí mismo y su caso.

Es el trabajo del abogado comprender las reglas de la ley y el procedimiento. Todos los abogados de la Oficina del Defensor Público han aprendido y seguirán aprendiendo lo que se necesita para defenderlo en la corte.

Este sitio web está aquí para brindarle una descripción general del proceso de justicia penal. De ninguna manera es exhaustivo de todas las variables que puede tener un caso particular.

Confidencialidad abogado-cliente

Todo lo que el cliente le dice a un abogado, empleado, voluntario o pasante de la Oficina del Defensor Público es confidencial, se rige por el privilegio abogado-cliente bajo la Sección 90.502 de los Estatutos de la Florida y no puede ser revelado sin el consentimiento del cliente.

Es importante comprender que las conversaciones del cliente con su cónyuge, familia, amigos, otros prisioneros, reporteros de noticias, policía o oficiales de libertad condicional y correccionales no están sujetas al privilegio abogado-cliente y pueden usarse contra el cliente en la corte.